La vía general pide 10 años de residencia legal y continuada, y la residencia es el primero de 4 requisitos. Abajo está cada uno tal y como lo dice la ley, con fecha, con las tres vías más cortas y con lo que el Código Civil dice y no dice sobre las ausencias.
7 días gratis, después 34,99 € al año.
Las reglas son una parte. El camino entero en belongspain.appEl artículo 22.1 del Código Civil fija diez años como regla, cinco para quien haya obtenido la condición de refugiado y dos para los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal y para los sefardíes. El artículo 22.2 fija un año para varios supuestos, entre ellos el cónyuge de español. Todo lo demás de la lista de arriba se exige igual en todas las vías.
La aplicación señala el riesgo en lugar de dar un veredicto, porque un veredicto supondría inventarse un umbral que la ley española no ha fijado. Cuando la valoración corresponde al Registro Civil o a la DGSJFP, la aplicación lo dice.
Belong Spain toma su fecha de residencia y todos los viajes que ha hecho y le da la distancia que es realmente suya: lo que depende de usted, lo que no y qué pone en riesgo cada ausencia.
Sin fechas de llegada inventadas. La nacionalidad la resuelve la DGSJFP por vía administrativa, y donde la decisión es de la Administración y no suya, la aplicación lo dice en lugar de dar una fecha.
7 días gratis, después 34,99 € al año.
Diez como regla general, según el artículo 22.1 del Código Civil. Cinco para quien haya obtenido la condición de refugiado y dos para los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal y para los sefardíes. El artículo 22.2 fija un año para varios supuestos, entre ellos el cónyuge de español que lleve un año casado y no separado, y quien haya nacido en territorio español.
La ley española no fija ninguna cifra. El artículo 22.3 del Código Civil solo exige que la residencia sea legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. La continuidad se juzga sobre la residencia efectiva, así que las ausencias cortas y justificadas no la rompen mientras el domicilio habitual, el trabajo y la vida familiar sigan en España. Cualquier página que le dé un número exacto se lo está inventando.
El artículo 23.b del Código Civil exige declarar que se renuncia a la nacionalidad anterior. El alcance real de esa renuncia depende del otro país: el artículo 24.1 dice que “la adquisición de la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal no es bastante para producir, conforme a este apartado, la pérdida de la nacionalidad española de origen”. Compruebe siempre las dos legislaciones antes de solicitar.
El Reglamento da a la DGSJFP un plazo máximo de un año desde la entrada de la solicitud. Transcurrido ese plazo sin resolución expresa, se entienden desestimadas las solicitudes, es decir, el silencio es negativo. Eso no cierra el asunto: abre la vía del recurso. En la práctica muchos expedientes tardan entre uno y dos años.
No. El artículo 6.1 del Real Decreto 1004/2015 exige superar las dos: el DELE de nivel A2 o superior, que evalúa el español como lengua, y el CCSE, que evalúa el conocimiento de la Constitución y de la realidad social y cultural españolas. Las organiza el mismo Instituto Cervantes, pero se reservan, se pagan y se hacen por separado.
La prueba de conocimientos son 25 preguntas en 45 minutos repartidas en cinco tareas, y se aprueba con 15 aciertos. El manual del que salen las preguntas lo publica gratis el Instituto Cervantes.
Preguntas de práctica y qué es la prueba
Reglas a 1 de septiembre de 2026, versión 2026.2, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Leer la fuente oficial. Belong Spain no es un servicio público, no está vinculado al Instituto Cervantes ni al Ministerio, y no da asesoramiento jurídico.